Solicitud de autorización para ocupar la vía pública en lugares no permanentes, fuera de los períodos de ferias o fiestas tradicionales, con puestos, barracas, casetas de venta de artículos tales como churros, flores, helados y otros, y espectáculos o atracciones.
La puede presentar la persona titular de la actividad o una persona representante autorizada.
El plazo de respuesta es de tres meses. Si no se responde en este plazo, la solicitud se considerará desestimada.
Este trámite está asociado a una tasa, que se liquidará de acuerdo con lo que establece la tarifa de la Ordenanza fiscal: 2.10. Taxa per ocupació i aprofitament especial de terrenys d'ús públic.