Solicitud de modificación horaria o física de una licencia de vado. La modificación física puede consistir en ampliar o reducir la amplitud del espacio de acera autorizado, o en adaptar la rampa de acceso a la normativa vigente. La modificación horaria consiste en cambiar el horario autorizado, que puede ser permanente o de 8h a 20h.
La puede hacer cualquier persona titular de la licencia de vado, o una persona representante autorizada. En caso de no ser la persona propietaria de la finca, se deberá adjuntar la autorización de la persona propietaria.
El plazo de respuesta es de dos meses. Si no se responde en este plazo, la solicitud se considerará desestimada.
Este trámite está asociado a una tasa, que se liquidará de acuerdo con lo que establece la tarifa de la Ordenanza fiscal: 2.10 Taxa per ocupació i aprofitament especial de terrenys d'ús públic, así como el depósito en concepto de reposición de acera en caso de adaptación de la rampa de acceso.